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Pide SAT hacer la Declaración Anual en primeros días de abril

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Abril es el mes para que los contribuyentes físicos presenten su Declaración Anual por lo que la administración del Servicio al Contribuyente les hace un exhorto para que se cumpla en tiempo y forma.

En conferencia de prensa se dio a conocer los pormenores para que los contribuyentes cumplan con esa obligación y la recomendación es que se haga en las primeras semanas de abril para evitarse contratiempos.

En la reunión con medios de comunicación participó Alejandro Gutiérrez Astorga, administrador de Servicios al Contribuyente del SAT; Gustavo Moreno, administrador desconcentrado de Recaudación y Mario Rojas, administrador desconcentrado de Auditoria.

Se informó que a partir del primero de abril inició la campaña para la presentación de la Declaración Anual que concluye el último día del mes, así que la invitación es para todos los contribuyentes personas físicas para presentar su declaración a través de la aplicación del portal del SAT www.sat.gob.mx.

De acuerdo a la explicación se mencionó que la aplicación para declarar es sencilla y fácil de usar ahí identifica al contribuyente de acuerdo con el tipo de ingresos es decir si tiene honorarios, salarios, arrendamiento, fácilmente lo ubica para la aplicación.

Gutiérrez Astorga explicó que en el caso de asalariados presenta una opción rellenada que únicamente tienen que revisar y si están de acuerdo enviar y dijo “particularmente sobre la aplicación de asalariados hay tres modalidades.

Indicó que la primera modalidad es con declaración propuesta, es decir es para quienes tienen ingresos por salarios y que tienen sus deducciones que cumplan con sus requisitos la van utilizar y algo muy importante si tienen un saldo a favor también inferior a los 10 mil pesos, esa aplicación para ello.

Comentó que otra modalidad con pre carga de ingresos y gastos es para aquellos contribuyentes que no recibieron la declaración pre llenada, para aquellos contribuyentes que no recibieron la propuesta o que no la aceptaron porque les falto agarrar alguna deducción.

Mientras que la tercera modalidad viene con pre carga de ingresos solamente porque de alguna forma, los contribuyentes únicamente van a ubicar sus ingresos así que el contribuyentes persona física va a capturar sus deducciones personales.

Ahí hay una cuarta modalidad para las demás personas físicas en este caso, no es para asalariados es para las demás personas con honorarios, arrendamiento, intereses, actividades empresariales, etc.

Refirió que quienes estén interesados en acudir a las oficinas del Servicio al Contribuyente lo pueden hacer y ahí mismo se les ofrece asesoría para que hagan la presentación de la Declaración Anual.

Javier Ahumada Pacheco
Optimus Informativo

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