Empresas obligadas a pagar nuevo salario mínimo

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Todas las empresas en Nuevo Laredo deben estar pagando el nuevo salario mínimo de 176 pesos diarios o de lo contrario se exponen a una demanda del empleado por violar la Ley Federal del Trabajo, declaró Félix Alberto Alemán.

El líder local de la CTM destacó que algunos trabajadores afiliados al sindicato que encabeza recibían sueldos de 120 a 130 pesos diarios, por lo que a ellos se les tendrá que hacer el ajuste correspondiente.

“Ahora con la revisión a los contratos y tabuladores el aumento podría ser mayor a lo que dictó el presidente, sobre todo para aquel personal que ya ganaba más de los 176 pesos, a quienes algunas empresas ya están otorgando un aumento de poco más del 4 o hasta el 5%”, confirmó.

En caso de negativa por parte de las empresas, los trabajadores tendrán la opción de acudir a la Procuraduría Federal para la Defensa del Trabajador (Porfedet) para seguir los cauces legales que correspondan y de ser necesario demandar a la empresa por la falta al cumplimento.

Informó que en Nuevo Laredo la Profedet se encuentra ubicada en Ocampo y Héroe de Nacataz y trabaja en un horario de 8:00 de la mañana a 3:00 de la tarde.

Agregó que para poder aplicar una queja deberán de llevar consigo una copia de su identificación oficial, además del gafete de trabajo o bien la dirección, teléfono o datos que ayuden a ubicar a la empresa señalada en la queja.

HASTA CÁRCEL

La Ley Federal del Trabajo castiga hasta con cuatro años de cárcel a patrones que paguen a sus trabajadores montos menores al salario mínimo establecido en el país, anota la legislación laboral.

Lo anterior se asienta en el artículo 1004 de la ley, donde se establece que la sanción se aplica también a empleadores que entreguen comprobantes de pago con sumas de dinero superiores a las que realmente entregaron.

Las sanciones económicas y de prisión se fijan tomando en cuenta si el monto de la omisión excedió desde uno y hasta los tres meses de salario.

Si la cantidad rebasa los tres meses de sueldo la multa es de hasta 3 mil 200 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) cuyo equivalente –con la UMA tasada en 2019 en 84.49 pesos– es de 270 mil 368 pesos.

En este mismo supuesto se castiga hasta con cuatro años de cárcel.

Rafael Villa Márquez, abogado laboralista, explicó que el área de inspectoría del trabajo correspondiente a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) revisa este tipo de casos.

Indicó que el trabajador al que se le pague por debajo del mínimo debe acercarse a esta área y poner su queja, para que posteriormente se ordene la revisión de la empresa e inicie el juicio.

Mario Aguilar

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