COLUMNA SENCILLITO

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Delitos por hechos de corrupción

Por ALBERTO RODRIGUEZ ROMERO

El fin de semana pasado subieron un video en vivo de la grabación de una detención. Una joven mujer estaba esposada arriba de una patrulla, mientras la tía estaba transmitiendo los hechos.

De acuerdo a las versiones una pareja iban en un vehículo cuando la patrulla 1478, según se ve en el video, como a la 1:55 de la madrugada, detiene una camioneta blanca por el rumbo de la colonia Pajaritos, para los que son fuera de Victoria les cuento que es una colonia que está atrás del Itabec y la Torre Gubernamental.

El conductor manejaba al parecer con aliento alcohólico, por lo cual es detenido, la esposa protesta y también es detenida, pero alcanza a llamar a su tía.

Ella llega en su vehículo acompañada por su madre, una señora de 80 años. Empieza a grabar sin ser grosera, sólo cuestionándose ella misma las razones por las cuales detendrían a su sobrina y recibiendo encargos de que tomara las llaves de la camioneta y un celular.

Una mujer policía, de manera imprudente, prepotente y ventajosa, intenta arrebatarle el celular, prácticamente la corretea hasta el auto. Se escucha en la grabación cuando la mujer le implora que se tranquilice, que está su madre enferma arriba del auto. Arrestan a la mujer que estaba grabando, bajan a la señora de 80 años, y pretenden arrestarla. Luego subió una foto a las redes de la mujer policía que la arrestó y narra que al llegar al 2 Zaragoza se le subió la presión y el azúcar, y como ahí no hay médico, llamaron a un familiar para que fuera por ella.

Sin embargo, los policías, impreparados jurídicamente, no saben que están cometiendo un ilícito, pues todos sus actos son de carácter público, más aún si éstos son cometidos en la calle o sitios públicos.

El problema surge cuando “obstruyes una detención”, no por grabar, sino por limitar sus facultades, lo cual en la grabación que subió a las redes la dama, nunca sucedió, es decir, no hay evidencia que haya interferido en que cumplieran con su trabajo.

Y es que no hay una ley que prevea un delito y sanción por esta acción. Y no la hay porque contravendría los derechos humanos de las personas, es decir, los artículos 6° y 7° de la Constitución Mexicana, donde se prevén los derechos de la libertad y seguridad personal, integridad personal y libertad de expresión.

El viernes, un joven fue a una fiesta en una palapa que se ubica por la avenida Tenochtitlán. Puro jovencitos del CBTIS supervisados por adultos, donde escuchaban música con un DJ. Como a las 11:30 de la noche, se apersonaron elementos de la Policía Estatal al lugar y al intentar introducirse fuero frenados por la mamá del cumpleañero. Nadie se había dado cuenta en la fiesta, hasta que irrumpen a la fuerza y se van hasta donde estaba el DJ.

Lo golpean, desconectan los aparatos y exigen 2,500 pesos para dejarlos continuar con la fiesta. No me dan el número de la patrulla porque ante los hechos los jovencitos empezaron a llamar a sus padres y fueron recogidos.

Por las horas y lugares, deben tener en SSP los números de las patrullas y los elementos que participaron en ambos episodios del fin de semana. Derechos Humanos debe abrir carpeta de investigación, al igual que el departamento de Asuntos Internos de la secretaría, de manera oficiosa, porque el deber primordial es cuidar la integridad de los ciudadanos.