COLUMNA SENCILLITO

0
332

Exámenes prenupciales

Por ALBERTO RODRIGUEZ ROMERO

Con la alerta mundial de la pandemia por el Coronavirus, en el Congreso del Estado acaban de hacer un anuncio que así de pronto parecía interesante para ellos y lo hicieron público, buscando modificar el Código Civil para el Estado de Tamaulipas.

La Diputada Rosa María González Azcárraga aseguró ante los medios que el requisito de los exámenes prenupciales que señala el artículo 85 del Código Civil para Tamaulipas en su fracción IV y que transcribo:

IV.- Exámenes médicos en los que se certifique si los futuros cónyuges padecen alguna enfermedad crónica y/o contagiosa, a efecto de que éstos tengan pleno conocimiento de su estado de salud. Al mismo se acompañará el resultado de la evaluación pre-concepcional, la que se realizará en forma gratuita por parte de los centros de atención médica correspondientes a los servicios de salud pública del Estado.

La buena fe del derecho civil es el acto más importante del Código, y lo aduce la diputada argumentando que por ello deben desaparecer, al ser una carga innecesaria.

Este código entró en vigor el día primero de Febrero de 1987, fue una época que venía precedida de una serie de enfermedades venéreas principalmente, y al poco el tiempo surgió el SIDA.

Es decir, la obligatoriedad de los exámenes prenupciales tenía una base sustentada para establecerla en el Código. No fue puesta como mera ocurrencia de los legisladores, la salud es el principal derecho que tenemos todos y el Estado es el garante de otorgarla.

Ahora bien, en su entrevista la diputada González Azcárraga señala como principal argumento para eliminar los exámenes prenupciales, ser violatorio del derecho a la

privacidad e intimidad de las personas, es decir, que se van a enterar los laboratoristas, el médico que extiende el certificado, los empleados del Registro Civil, obvio los contrayentes, y si hay alguna enfermedad los papás, los hermanos, los primos, los sobrinos, los amigos, en fin.

Aunque ya a estas alturas es un chisme del tamaño del mundo, más con estas benditas redes sociales, resulta que no es un argumento válido y firme, más bien parece una excusa para cambiarlo.

Todo tiene una razón, si bien el derecho a la privacidad también está contemplado por la Constitución, los trabajadores al servicio del Estado también tienen serias responsabilidades con su trabajo, y con ella la más importante, la secrecía, un anglicismo muy utilizado hasta en la ley que obliga a los burócratas a no divulgar información de su trabajo.

Es decir, el chisme se da, pero ya dentro del seno de la familia que son quienes lo empiezan a divulgar entre ellos, y siempre como olla de presión, por algún lado escapa el vaporcito que evita que explote.

Y reconoce la diputada que con los exámenes prenupciales se tutela el derecho a conocer el estado de salud que guarda la persona con la que se pretende contraer en matrimonio, pero insiste en que no debe ser imposición para la unión, sino una elección de los futuros cónyuges.

Ahora bien cuántos casos cree usted en que se dará la plena confianza de decirle a su futura esposa o a su futuro esposo, sabes que te amo con todo mi corazón, pero tengo HIV, o herpes, en fin, una enfermedad contagiosa, cualquiera que sea la vía de contagio, “aún así me quiero casar contigo”.

Y como dice la diputada, el matrimonio civil es el contrato que de manera voluntaria hacen dos personas para que les sean reconocidos sus derechos y obligaciones, pues bien, una de esas obligaciones del Estado para las personas es cuidar su salud, y aunque en derechos humanos no hay uno más importante que otro, porque todos son Universales, Interdependientes, Indivisibles y Progresivos, la salud es básica.