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Defensa y víctimas centran audiencia decisiva por feminicidio de Dafne Zapata

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Ciudad Altamira, Tamps.- La reanudación de la audiencia inicial por el feminicidio de la adolescente Dafne Zapata Quintos volvió a colocar el foco en uno de los procesos penales más observados en Tamaulipas. En el Centro Integral de Justicia de Altamira, el juez de control continuó con el análisis de los datos de prueba que definirán la situación jurídica de Danna Yanina “N”, mientras la defensa insistió en que no existen elementos suficientes para acreditar su probable participación en el delito y la familia de la víctima reiteró su exigencia de justicia sin vulnerar el debido proceso.

La resolución de esta etapa se desarrolla dentro del plazo constitucional ampliado a 144 horas, previsto por el artículo 19 de la Constitución y regulado en el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), luego de que la defensa solicitara la extensión del término para incorporar mayores elementos de prueba antes de que el juez determine si procede o no la vinculación a proceso.

En el mismo procedimiento también se encuentran sujetos a investigación Jorge “N” y Estrellita “N”, cuya audiencia inicial continuará posteriormente, al haber solicitado igualmente la ampliación del plazo constitucional.

Durante un receso de la audiencia, Carlos David Robles Figueroa, abogado penalista especializado en el Sistema de Justicia Penal Acusatorio e integrante de la defensa de Danna Yanina “N”, sostuvo que el eje del proceso debe mantenerse en los principios que rigen el sistema penal mexicano.

“La presunción de inocencia es un principio que toda persona a la que se le imputa un delito tiene. El artículo 13 del Código Nacional de Procedimientos Penales establece que toda persona debe considerarse inocente hasta que se demuestre lo contrario”, afirmó.

El litigante explicó que la estrategia jurídica de la defensa se concentra en la incorporación de datos y medios de prueba diferenciados conforme al artículo 261 del CNPP, disposición que distingue entre datos de prueba, medios de prueba y prueba.

“Ayer desahogamos medios de prueba frente a la jueza; comparecieron el padre, un médico y una psicóloga. Hoy vamos a citar datos de prueba que consideramos idóneos, pertinentes, útiles y suficientes para acreditar que nuestra representada no tiene probable participación”, señaló.

Robles Figueroa evitó confrontar directamente la actuación de la Fiscalía, aunque precisó que será el órgano jurisdiccional quien determine si el Ministerio Público cumplió con los estándares legales durante la integración de la carpeta de investigación.

“El Ministerio Público hace su trabajo o intentó hacerlo; finalmente será la jueza quien lo determine. Ayer la vimos bastante coherente y esperamos obtener un resultado favorable”, expresó.

Las declaraciones del abogado cobran relevancia porque durante el desarrollo de la audiencia también se ha discutido el alcance de las atribuciones y obligaciones del Ministerio Público previstas en los artículos 127 y 131 del Código Nacional de Procedimientos Penales. El primero establece sus competencias en la conducción de la investigación, mientras que el segundo le impone el deber de actuar con objetividad, legalidad, respeto a los derechos humanos y de recabar tanto los elementos que sustenten la acusación como aquellos que puedan favorecer al imputado.

De manera paralela, la jueza de control reiteró a las partes el exhorto para evitar la difusión pública del contenido de los datos de prueba, al considerar que su divulgación podría comprometer la investigación y afectar tanto los derechos de las víctimas como la presunción de inocencia de las personas imputadas. Esa reserva procesal encuentra sustento en las reglas del CNPP y en el principio de protección de la investigación durante las etapas iniciales del procedimiento, de acuerdo con abogados intervinientes en el caso en curso.

A las puertas frente al Centro Integral de Justicia en Altamira  también estuvo presente la madre de Dafne, quien reiteró que su prioridad continúa siendo el esclarecimiento integral de los hechos.

“Va bien, pero falta más”, resumió al referirse al avance de las investigaciones.

La madre de la adolescente reconoció el trabajo realizado por las autoridades federales y estatales, aunque sostuvo que la investigación aún no concluye.

“Está excelente el trabajo que está haciendo la Procuraduría, el Gobierno Federal y el Gobierno del Estado. Estoy muy agradecida, pero faltan más piezas claves de este rompecabezas”, declaró.

Frente a los cuestionamientos sobre la responsabilidad de Danna Yanina “N”, evitó emitir un juicio anticipado.

“Yo no puedo dictaminar ni señalar quién es inocente o quién es culpable. Yo no estuve en el lugar de los hechos; solamente soy una madre que quiere que todo se esclarezca”, afirmó.

La postura refleja uno de los principios que atraviesan el procedimiento: la búsqueda de justicia para la víctima sin sustituir la función del órgano jurisdiccional. Bajo esa lógica, el artículo 20, apartado B, de la Constitución garantiza los derechos de toda persona imputada, mientras que el apartado C reconoce la protección y participación de las víctimas dentro del proceso penal.

La audiencia continúa en una etapa determinante. El juez de control deberá valorar los argumentos de la Fiscalía, los datos y medios de prueba aportados por la defensa y las reglas del Código Nacional de Procedimientos Penales para resolver si existen elementos suficientes para vincular o no a proceso a Danna Yanina “N”, en un caso que, por su impacto social y mediático, pone nuevamente a prueba el equilibrio entre el derecho de las víctimas a la justicia y las garantías fundamentales del debido proceso.

Agustin Peña Cruz