La Profeco instaló un módulo de atención en el aeropuerto de Tampico Para asesorar a los viajeros sobre la entrada en vigor de las nuevas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor y de la Ley de Aeronáutica Civil, que fortalecen los derechos de los usuarios otorgando restituciones económicas cuando sufren una afectación por demoras o cancelaciones.
Alejandro Calderón Hidalgo, jefe de la oficina de la dependencia en Tampico, aseguró que en el primer día no hubo ninguna queja contra las aerolíneas que prestan sus servicios en este aeropuerto.
Sin embargo, a nivel nacional, dijo que la Procuraduría Federal del Consumidor aplicó multas por 22.4 millones de pesos a Volaris, Interjet, Aeroméxico, VivaAerobús y JetBlue Airways, por realizar cobros indebidos por la primera maleta documentada en vuelos desde la Ciudad de México a Estados Unidos y Canadá, lo que contraviene disposiciones de ambas leyes.
Además mantiene abiertos sendos procesos en contra de United Airlines y American Airlines, por esta misma infracción, los cuales se resolverán en los próximos días.
Destacó que las sanciones impuestas a estas empresas aéreas son derivadas de los procedimientos por infracciones a la ley, iniciados por la Profeco en abril pasado.
Asimismo, se determinó que las aerolíneas sancionadas han incurrido en publicidad engañosa, actos discriminatorios, cláusulas abusivas en sus contratos de adhesión y otras prácticas que violentan los derechos de los pasajeros.
Los montos de las sanciones son: para Aeroméxico, 6.3 millones de pesos; a Interjet, 5.1 millones de pesos; Volaris, 4.5 millones; VivaAerobús, 2.3 millones y Jet Blue Airways, 2.3 millones de pesos.
De acuerdo con las modificaciones vigentes, desde ayer las aerolíneas deben informar a los pasajeros, a través de medios electrónicos y en módulos de atención las causas de retrasos, demoras y cancelaciones en vuelos; en caso de retraso imputable a las aerolíneas, deberán indemnizar a los pasajeros de acuerdo con el artículo 47 Bis de la Ley de Aviación Civil, en los siguientes términos:
En demoras superiores a una hora e inferiores a cuatro horas se compensará de acuerdo con las políticas de cada empresa, se ofrecerán descuentos para vuelos en fecha posterior hacia el destino contratado y se brindarán alimentos y bebidas.
En el caso de demoras mayores a dos horas, pero menores a cuatro, los descuentos incluidos no podrán ser menores al 7.5% del precio pagado por el boleto, más alimentos y bebidas. Además, la línea aérea debe proporcionar a los pasajeros acceso a llamadas telefónicas y envío de correos electrónicos.
En retrasos mayores a cuatro horas aplicarán las opciones de indemnización establecidas para “cancelación”, en las cuales se contemplan los siguientes supuestos:
I. Reintegrar el precio del boleto o la proporción que corresponda a la parte no realizada del viaje, más una indemnización que no podrá ser inferior al 25% del precio del boleto, la cual deberá pagarse en un periodo máximo de 10 días naturales.
Agencias



