Zona Conurbada

Uso de cubrebocas deja de ser obligatorio en Tamaulipas

A través de una actualización del Periódico Oficial del Estado (POE), el secretario de Salud, Vicente Joel Hernández Navarro, informó que el uso de cubrebocas deja de ser obligatorio en Tamaulipas, sin embargo, se continúa recomendando su utilización en espacios abiertos y cerrados sin sana distancia.

Principalmente en aquellas personas que decidieron no vacunarse contra el Covid-19 o con inmunocompromiso, así como lugares mal ventilados y compartidos, entre los cuales está el transporte público y en lugares muy concurridos.

En entrevista el titular de SST, reconoció que hubo algunos errores al momento de publicar el acuerdo del pasado sábado 16 de octubre en el POE, por lo que precisó que el cubrebocas solo será obligatorio en los hospitales y las unidades de salud, mientras que en consultorios y laboratorios privados queda solo como recomendación su uso.

Subrayó que al eliminar la obligatoriedad solo queda la responsabilidad de cada ciudadano, pues como autoridad hacen la recomendación para que se protejan en casos donde haya una asistencia masiva de personas.

La modificación de los acuerdos que establecen los Lineamientos de Seguridad Sanitaria y de Salud para contener la pandemia provocada por el virus SARS-COV2 en el Estado, se publicó en el Periódico Oficial Extraordinario número 20 de la Edición Vespertina, de fecha 16 de octubre de 2022 TOMO CXLVII.

En donde se mantiene que el transporte público deberá de respetar el 90% de la capacidad del vehículo, se recomienda ampliamente el uso de cubrebocas, la desinfección de la unidad diariamente después de cada turno, por lo que hace el exhorto de parte de la Subsecretaría de Transporte a las personas concesionarias sobre el puntual cumplimiento de las medidas sanitarias.

Mientras que en lo relacionado a los giros de tianguis, puestos fijos y semifijos, estos deberán de respetar la capacidad de instalación de hasta el 90%, siempre bajo la responsabilidad del municipio del cumplimiento y un aforo de visitantes al 90%, sin restricción de horario.

En el caso de las guarderías subrogadas institucionales, su capacidad será del 100%, siempre contando con el distintivo de establecimiento seguro de la Coepris y en el caso de que se presente algún brote de coronavirus, está obligada a cerrar de forma inmediata.

Así mismo en el decreto se establece que el comercio al por menor en tiendas departamentales y plazas comerciales incluyendo sus restaurantes, su capacidad de servicio será del 90%, sin que exista restricción de horario, además de que deberán de contar con el distintivo de establecimiento seguro de la Coepris.

Además se deberán dar cumplimiento a las siguientes medidas de seguridad sanitaria, aplicables para cualquier giro o actividad como son los filtro opcional en la entrada de los establecimientos, el lavarse las manos frecuentemente con agua y jabón, o bien, usar soluciones a base de alcohol gel al 60%.

Sin olvidar el practicar etiqueta respiratoria, mantener sana distancia de 1.5 metros, en ningún caso debe ser obligatoria la toma de una prueba para el regreso al trabajo, se recomienda contar con el esquema completo de vacunación vigente aunque no debe ser una condicionante para impedir las actividades laborales.

Destacando que los empleadores podrán distribuirlos a la población trabajadora el cubrebocas, el cual su uso es recomendado en espacios abiertos y cerrados sin sana distancia, principalmente en personas que decidieron no vacunarse o con inmunocompromiso, así como lugares mal ventilados y compartidos, como es el caso del transporte público y centros de transporte y en lugares muy concurridos.

Pero en el caso de contar con sistemas de ventilación en el centro de trabajo se deberá vigilar que funcionen adecuadamente y cuenten con cambios de filtros acorde a lo establecido por el proveedor, siempre apostando a que se favorezca la ventilación natural en los lugares que sea posible.

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Periodista · Optimus
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