Abril es el mes de la declaración anual para las personas físicas, por lo que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público liberó el aplicativo para hacerlo.
En el 2017 el Servicio de Administración Tributaria, (SAT) cuenta con herramientas más accesibles para que el contribuyente, pueda cumplir de manera sencilla en tiempo con esta obligación, además de la asesoría que se les ofrece en las oficinas locales, ubicadas a un costado del Puente 1.
Alejandro Gutiérrez Astorga, administrador local del Servicio al Contribuyente dijo que el exhorto va dirigido para asalariados, es decir aquellos que obtengan ingresos superiores a 400 mil pesos en el concepto de salarios.
Agregó el funcionario que deben presentar la declaración anual, aquellas personas que tienen ingresos por honorarios, por arrendamiento, por actividades empresariales, es decir; todas las personas físicas.
Una de las novedades en este año, es que quienes en 2016 recibieron salarios únicamente de un solo patrón y/o que tengan salarios, más intereses que no excedan de 20 mil pesos, no van a estar obligados a presentar la dicha obligación en abril y lo pueden hacer en cualquier momento del año.
Además refirió adicionalmente el uso de la firma electrónica, solo será necesario para aquellas personas que tengan saldos a favor superiores a 50 mil pesos; si la devolución es menor a la declaración puede hacerse con la contraseña.
Reiteró que el contribuyente lo puede hacer directamente ingresando al portal del SAT o bien pueden acudir a las oficinas donde se les brindará asesoría para el cumplimiento de su declaración anual que debe hacerse solo hasta el 30 de abril.
Redacción Optimus Informativo



