Reynosa & Nuevo Laredo

Puede ser facultad de la segunda sindica para firmar de cheques

Después de los señalamientos expuestos por el primer sindicato del Ayuntamiento acerca de sus facultades como funcionario público, el coordinador de la Comisión de Gobierno y seguridad, Alfonso Peña, aseguró no se viola ninguna ley y se establece en el Código Municipal en el artículo 60 fracción 12, que puede ser facultad de la segunda sindica coadyuvar con estas funciones.

Señaló el primer sindico ha presentado anteriormente una demanda establecida, base una serie de acusaciones en contra de la alcaldesa, y a través de un Juzgado Federal  el dictaminó  un amparo definitivo y ahora no entiende porque  desea establecer otra demanda, ahora sólo esperan la resolución, pensando que si es dentro de las mismas premisas que puso en la primera, considera no tendrá una respuesta favorable.

«Actualmente el Sindico  mencionó que no estaba pudiendo realizar sus funciones, por que no se sentía que lo estaba incluyendo, por eso, dentro de la  Comisión a mi cargo investigue y cheque la cantidad de oficios pendientes y donde el omite la tarea como tal de sindico y de respuesta que tiene que ver con facturas y  documentos hasta con el rubro de
Hacienda pública y eso afecta a la buena administración de este gobierno».

Se tuvo que recurrir a las facultades de la segunda sindica ejerciendo la firma de documentos para una buenaadministración, reconociendo que en nada sirve continuar con estas confrontaciones, por ello, lo exhorta a trabajar en conjunto y dar un buen rumbo de esta gestión municipal.

Hasta donde tiene conocimiento no se incurre en un delito, pues esta dentro del Código Municipal y se lo permite,  no es la primera vez que se ejerce este derecho y pues se ha efectuado en otras administraciones.

Yenni Garcia

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Periodista · Optimus
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