Monterrey, Nuevo León.- Para proteger los derechos de las víctimas y ampliar los términos en que se acredita la presunción de la legítima defensa, el Congreso local aprobó por unanimidad, reformas al Artículo 17 del Código Penal.
La reforma precisa que la legítima defensa aplica en caso de causarle lesiones o incluso, la muerte a quien ingrese indebidamente a un domicilio y ponga en riesgo a los integrantes de una familia que se encuentren en el lugar.
«La presunción de legítima defensa se acreditará si la persona actúa en defensa de su persona, de su familia o de su honor, cualquiera que sea el daño causado al agresor», estipula.
«Igual presunción favorecerá al que causare cualquier daño, lesión o prive de la libertad a otro, a quien encontrare dentro de su hogar, en la casa en que se encuentra su familia … y el intruso ejerza violencia sobre las personas o sobre las cosas que en tales sitios se hallen».
Marcos Mendoza, Diputado local del PAN y promotor de la reforma, dijo que con ésta se actúa en favor de las víctimas y se atiende a un reclamo ciudadano.
«Esta reforma nos la pidieron los vecinos de Monterrey sur y se acaba de aprobar el ampliar los términos de la legítima defensa agregando que, aplica cuando le causen un daño al intruso, le puedas causar lesiones o privar de la vida, y esto es un gran avance en la legislación, es un gran avance en favor de las familias de Nuevo León porque les estamos dando mayor certeza jurídica», señaló.
«Con ello, en el caso en que un familiar se ve en la necesidad de defender a su familia ante un intruso, pues que pueda alegarse el que no se le acuse de homicidio, sino que se le pueda procesar considerando la legítima defensa… esto es un gran avance para que las leyes estén más del lado de los ciudadanos».
Los coordinadores de las fracciones del PAN, Arturo Salinas, y del PRI, Marco González, consideraron en que con esas reformas se actúa en favor de las víctimas.
Agencias





