Investiga Tamaulipas a 30 notarios

Por quejas en su contra

Ciudad Victoria.- De octubre del 2022 a la fecha, el Gobierno del Estado ha recepcionado unas 30 quejas contra Notarios Públicos de Tamaulipas siendo el motivo más recurrente la demora en los tramites y prestación de servicios profesionales de escrituración de la fe pública.

Las observaciones han sido presentadas ante la Secretaria General de Gobierno a cargo de Héctor Villegas y es la Dirección de Asuntos Notariales quien ha dado vista a todas y cada una de estas inquietudes de la ciudadanía que solicitan a la brevedad posible su intervención para agilizar los trámites presentados ante estos notarios públicos.

Algunas de estas quejas van dirigidos a fedatarios públicos de Tampico, Madero, V. González, Aldama, Nuevo Laredo, Reynosa, Matamoros y Victoria.

Por ejemplo, Salvador Leal Moya (Notario Público 39) por retraso en trámite de escrituras interpuesta por Lorena Dueñas Guerrero, Notario Público (287) Jorge Horacio Edgar Jones por compraventa de varios inmuebles, Notario Público 92 Nerardo González Solís, por demora oficial y una donación según queja presentada por la familia Guevara Rodríguez, Julián Meza Ettienne de la Notaría Pública 171 por queja de Fernández Rivas Cruz por incumplimiento testimonial desde el 2020.

En Tamaulipas el Notario es la persona investida de fe pública para hacer constar los actos y hechos a los que los interesados deban o quieran dar autenticidad conforme a las Leyes, y autorizado para intervenir en la formación de tales actos y hechos, revistiéndolos de las formalidades legales.

De acuerdo al artículo 155 y 156 de la ley del notariado público en Tamaulipas, el Ejecutivo del Estado aplicará a los Notarios las correcciones disciplinarias que procedan por infracciones a la presente Ley.

Al Notario responsable del incumplimiento de las obligaciones derivadas de esta Ley, sin perjuicio de las sanciones penales que le sean aplicables, se le aplicarán las siguientes sanciones: Amonestación por escrito: Por tardanza injustificada en alguna actuación o trámite, solicitados y expensados por un cliente, relacionados con el ejercicio de las funciones del Notario.

Por no dar el aviso o no entregar los libros a la Dirección del Archivo General de Notarías, en los términos que señala la Ley.

Por provocar, por negligencia, imprudencia o dolo, la nulidad de algún instrumento o Testimonio, no ajustarse al arancel aprobado entre otros más conceptos.

Y sanciones muy determinadas que los llevarían con suspensión del cargo hasta por un año o retiro de Fiat.

Ramón Mendoza S

Reportero